Nuevas situaciones especiales de IT relacionadas con la salud sexual y reproductiva, las cuales han sido establecidas por la Ley Orgánica 1/2023 y que entrarán en vigencia a partir del 1 de junio de 2023. Estas nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes tienen algunas diferencias con respecto a la IT tradicional y abordan situaciones específicas relacionadas con la salud sexual y reproductiva de las mujeres. Además, también se ha modificado la prestación por acogimiento familiar de un menor. En este artículo profundizaremos en cada una de estas nuevas situaciones especiales de IT y explicaremos cómo afectan a las mujeres en el ámbito laboral.
La Ley, que entrará en vigor el 1 de junio de 2023, establece la figura de la situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes para los casos de menstruación incapacitante secundaria, interrupción del embarazo y últimas semanas de gestación.
En cuanto a la menstruación incapacitante secundaria, se trata de la situación en la que una mujer no puede trabajar debido a una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada. La Ley no especifica cuáles son estas patologías, pero se mencionan ejemplos como la endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomatosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, que pueden causar síntomas como dispareunia, disuria, infertilidad o sangrados más abundantes de lo normal.
Para acceder a la prestación por esta situación especial de IT, no se requiere un período mínimo de cotización, y cada proceso se considera como uno nuevo, y no como una recaída del anterior.
En cuanto a la interrupción del embarazo, ya sea voluntaria o no, si la persona recibe asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y está impedida para trabajar, se considerará una situación especial de IT. Si la interrupción del embarazo se debe a un accidente laboral o a una enfermedad profesional, se considerará una situación de IT por contingencias profesionales. Para acceder a la prestación por esta situación especial de IT, tampoco se requiere un período mínimo de cotización.
En este caso, el subsidio se abona a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, mientras que el salario correspondiente al día de la baja corre íntegramente a cargo del empresario.
Por último, en relación con la prestación por nacimiento y cuidado del menor, se ha eliminado el requisito de duración mínima de un año para el caso de acogimiento familiar de un menor. Esta modificación tiene como objetivo fomentar el acogimiento familiar y eliminar las barreras que pueden impedirlo.
En resumen, las nuevas situaciones especiales de IT relacionadas con la salud sexual y reproductiva introducidas por la LO 1/2023 son un paso importante para garantizar el acceso a una atención médica adecuada en estos ámbitos. Estas situaciones especiales de IT permiten a las personas acceder a la prestación correspondiente sin tener que cumplir con un período mínimo de cotización, lo que puede ser de gran ayuda en situaciones de emergencia.